Mediante la Resolución Ministerial 1014/RE del 10/11/2016, el Despacho Ministerial delegó en Secretaría General la aprobación de los eventos por parte de la Cancillería. Ahora son Resoluciones de Secretaría General. Ese es el motivo por el que no se publican las Resoluciones Ministeriales
Delegar en el Secretario General la facultad de oficializar mediante resolución el carácter internacional de eventos, en virtud de lo expuesto en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, modificado por el Decreto Supremo N° 083-2016-RE.