Módulo de Denuncias
PRESENTACIÓN DE DENUNCIAS CIUDADANAS ANTE LA
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
La Contraloría General de la República ha establecido el Sistema Nacional de Atención de Denuncias (SINAD) donde se reciben y atienden las denuncias presentadas por los ciudadanos, funcionarios y servidores públicos, mediante el servicio de atención de denuncias.
¿QUE SE PUEDE DENUNCIAR?
Los ciudadanos y servidores/funcionarios públicos pueden presentar denuncias sobre presuntos hechos arbitrarios o ilegales que ocurran en cualquier entidad pública y que afecten los intereses del Estado o pongan en peligro la función o el servicio público, como por ejemplo:
IRREGULARIDADES EN OBRAS PÚBLICAS
- No contar con las garantías requeridas.
- Ejecución de obras sin procesos de selección.
- Incumplimiento de plazos.
- Ejecución sin contar con estudios previos.
- Defectos en su construcción.
- Obras sobrevaloradas.
IRREGULARIDADES EN ADQUISICIONES DEL ESTADO
- Fraccionamiento en adquisiciones.
- Direccionamiento a un determinado proveedor.
- Recepción de productos defectuosos.
- Prestación de servicios sin procesos de selección.
- Adjudicación de bienes sin procesos de selección.
OTRAS IRREGULARIDADES COMO
- Contratación de familiares directos por funcionarios que gozan de la facultad de nombramiento (nepotismo).
- Pagos por servicios no realizados.
- Contratación de personal que no cumple el perfil requerido.
- Utilización indebida de materiales de construcción y maquinaria.
- Contratación de personal fantasma.
La aceptación o no aceptación a trámite de su denuncia le será comunicada a la dirección electrónica o dirección de contacto que haya consignado en el Formulario Web.
¿Qué denuncias no se aceptarán a trámite?
La Contraloría General no aceptará a trámite denuncias cuya atención y evaluación constituya competencia constitucional y legal de otra institución del Estado.
Tampoco las referidas a:
- Procesos disciplinarios en curso
- Reclamaciones laborales
- Reclamos sobre procedimientos administrativos
- Deficiencias en los servicios públicos
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
No se requiere que el denunciante se identifique, pudiendo presentar su denuncia de forma anónima.
Es necesario que la denuncia sea expuesta en forma precisa, ordenada, detallada y coherente, conteniendo información que permita identificar el hecho denunciado, respondiendo a las preguntas qué, dónde y cuándo sucedieron los hechos o por lo menos contener información que permita consultar fuentes de información pública para lograr identificarlo.
Se aceptarán a trámite las denuncias que contengan hechos referidos a actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en la captación, uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, conforme se establece en los artículos 6° y 8° de la Ley N° 27785; y reúnan los siguientes requisitos:
- Sean presuntamente ilegales o arbitrarios ocurridos en una entidad sujeta al ámbito de control del SNC.
- No sean materia de proceso judicial, arbitral o administrativo en trámite, procesos disciplinarios, requerimientos o impugnaciones de proveedores o postores, ni que estén referidos a hechos que fueron objeto de sentencia judicial consentida o ejecutoriada, o comprendidos en causas pendientes ante el Tribunal Constitucional o investigaciones ante otras instituciones públicas competentes.
- No sean materia de un servicio de control o servicio relacionado en ejecución o concluido.
Asimismo se sugiere que se adjunte o indique la información o documentación necesaria que permita la evaluación de la denuncia.
Las denuncias pueden ser presentadas:
- En forma presencial, acudiendo a la sede central del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la oficina del Órgano de Control Institucional (OCI).
DESCARGAR FORMATO FISICO
(Formulario para presentar denuncia.)
- En forma virtual en el siguiente enlace de SINAD
https://appscgr.contraloria.gob.pe/sinad
¿QUE PROTECCIÓN TIENE EL DENUNCIANTE
Proteger y otorgar beneficios a los funcionarios y servidores públicos, o a cualquier ciudadano, que deseen acogerse a las medidas de protección y beneficios, que denuncien en forma sustentada hechos arbitrarios o ilegales que ocurran en cualquier entidad pública relacionados con el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, y que puedan ser investigados o sancionados administrativamente.
El contenido de la denuncia y la identidad del denunciante se encuentran protegidos por el principio de reserva desde su recepción hasta la culminación del proceso de atención de denuncias o del servicio de control que se derive de este, según corresponda, de acuerdo con lo establecido en el literal n) del artículo 9° de la Ley N° 27785; sin perjuicio de lo señalado, si desea acogerse a los demás medidas de protección y beneficios establecidos en la Ley N° 29452, deberá cumplir con los requisitos establecidos en la misma.
Medidas de Protección:
- Reserva de la identidad.
- Impedimento de cese, despido o remoción laboral,
- Impedimento de suspensión de contratación bajo la modalidad de locación de servicios o CAS.
- Impedimento de actos de hostilización laboral.
Beneficios:
- Reducción gradual de la sanción administrativa (en caso el denunciante esté sujeto a la misma).
- Recompensa de porcentaje de multas efectivamente cobradas.
- Formato de Compromiso.(DESCARGAR)
NORMATIVIDAD.